VeriFactuAlerta normativa

Nuevos plazos VeriFactu: enero y julio de 2027

El RDL 15/2025 (BOE 3 dic 2025) fija el calendario vigente: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. La prórroga no es un indulto: es una ventana para adaptarse sin presión.

Por Equipo SelloQR · Cumplimiento fiscal

Actualizado: 4 min de lectura

Sociedades (IS)
1 enero 2027
Autónomos y resto
1 julio 2027
BOE 3 dic 2025
RDL 15/2025

Actualización (13 de octubre de 2026): el 5 de octubre el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar VeriFactu a octubre de 2028. Es una previsión: hasta que se publique la norma, las fechas de este artículo siguen siendo las vigentes. Qué cambia y qué no.

El calendario vigente de VeriFactu sitúa la obligación en 2027. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025 y convalidado por el Congreso el 11 de diciembre), fija dos fechas que afectan a prácticamente todos los negocios que facturan en España:

  • 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL, SA y demás sociedades).
  • 1 de julio de 2027: el resto de obligados del RD 1007/2023 (autónomos, profesionales y otras entidades).

A partir de esas fechas, los programas de facturación deberán cumplir el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF): registro de facturación inalterable, huella encadenada de cada factura y QR de cotejo verificable ante la AEAT.

Qué cambia respecto al calendario anterior

Es la segunda ampliación: el RD 254/2025, de 1 de abril, ya había llevado el calendario original del RD 1007/2023 a 2026; el RDL 15/2025 lo amplía ahora hasta 2027. La prórroga da más margen, pero conviene leerla bien: no elimina la obligación, solo la aplaza — y salvo nuevos cambios normativos, estas son las fechas. El marco técnico (Orden HAC/1177/2024) sigue vigente y los servicios de VERI*FACTU de la AEAT llevan operativos desde abril de 2025, incluido el periodo de pruebas para fabricantes y empresas.

En la práctica, el aplazamiento tiene dos lecturas:

  1. Para quien aún no ha hecho nada: hay tiempo, pero el cuello de botella será 2026. Las gestorías y los proveedores de software concentrarán las adaptaciones en los meses previos a cada fecha límite, igual que ocurrió con el SII o con la factura electrónica con las AAPP. Adaptarse en un trimestre tranquilo de 2026 es más barato y menos arriesgado que hacerlo en diciembre.
  2. Para quien ya factura con un sistema que le funciona: la pregunta no es "qué programa nuevo compro", sino "cómo hago que lo que ya uso cumpla". Cambiar de software de facturación implica migrar datos, reformar hábitos del equipo y revisar integraciones; cumplir VeriFactu no exige nada de eso si se añade una capa de cumplimiento sobre el flujo actual.

Las fechas no son el único plazo que importa

Junto a VeriFactu avanza en paralelo la factura electrónica obligatoria B2B (Ley Crea y Crece), con su propio calendario y requisitos distintos. Son dos obligaciones diferentes que a menudo se confunden: VeriFactu regula cómo se generan y registran las facturas; la factura electrónica B2B regula cómo se intercambian entre empresas. Un negocio mediano tendrá que cumplir ambas.

Qué hacer ahora (sin prisa, pero sin pausa)

  • Verificar si estás obligado: la mayoría de empresarios y profesionales lo están; hay excepciones (regímenes especiales agrarios, territorios forales con TicketBAI, acogidos al SII en ciertos supuestos).
  • Preguntar a tu proveedor de software si tiene fecha comprometida de adaptación al RD 1007/2023. Si la respuesta es vaga, ese es el dato importante.
  • Decidir la estrategia: migrar a un programa nuevo que ya cumpla, o mantener tu sistema actual y añadirle el cumplimiento (registro, huella y QR) como capa externa.
  • Aprovechar 2026 para probar en modo voluntario: remitir registros a la AEAT antes de la fecha límite permite detectar problemas sin sanciones en juego.

Cumplir sin cambiar de software: la decisión que importa

Para muchas empresas, la decisión importante no será "qué programa nuevo comprar", sino si pueden mantener su sistema actual y añadir una capa de cumplimiento: generación de registros de facturación, QR fiscal AEAT, trazabilidad, evidencias y exportación para la gestoría.

Ese enfoque evita migrar datos, no obliga a formar de nuevo al equipo y permite probar durante 2026 sin presión operativa. Y conviene no esperar al último trimestre de 2026:

  • tu proveedor de ERP puede no llegar a tiempo con la adaptación;
  • tu gestoría tendrá a decenas de clientes adaptandose a la vez;
  • si facturas con Excel, PDF o software propio, tendrás que decidir cómo generar registros, QR y evidencias — y diciembre es el peor mes para decidirlo;
  • cambiar de software con prisa suele salir más caro que adaptar el flujo actual con calma.

Guía completa: Qué es VeriFactu y a quién afecta